Entendiendo que constituye una tarea fundamental del Tribunal de Honor del Pacto Ético Electoral contribuir a las buenas prácticas políticas y a la vinculación de estas con los procesos electorales en nuestro país, asumimos que es nuestro deber expresar públicamente la opinión del Tribunal de Honor sobre la recientemente publicada Ley N°. 30414, norma que ha modificado a la Ley de Partidos Políticos.
En tal sentido señalamos lo siguiente:
- Que la Ley N°. 30414 no se ha dado en el momento más oportuno, debido a que el proceso electoral 2016 ya había sido convocado y se encuentra en marcha.
- Que esta norma ha experimentado un complicado y debatido procedimiento de elaboración, el cual ha llevado a que sea aprobada por el mecanismo de insistencia en el Congreso de la República, y publicada con excesiva demora en el diario oficial El Peruano.
- Que la mencionada ley contiene preceptos que exigen un difícil y debatible proceso de interpretación y aplicación jurídica para hacerlos compatibles con el ordenamiento legal existente.
- El Tribunal de Honor considera que la ley en cuestión contraviene, por su oportunidad y deficiencia técnica, las buenas prácticas electorales y no se condice con el Pacto Ético Electoral.
Lima, 27 de enero de 2016.
Dr. Walter Gutiérrez Dr. Ulises Montoya Dr. Marco Martos
Camacho Alberti Carrera
Dr. Salomón Lerner Dr. Oswaldo Hundskopf
Febres Exebio