El Juzgado Penal Colegiado que preside la Dra. María Pacheco Neyra e integrada por los Jueces, Nazario Turpo Coapaza y Edgar Sauñe De La Cruz, culminó con el proceso seguido contra Adriano Pozo Arias, en agravio de la persona de iniciales C.A.C.B. dando a conocer la deliberación y la decisión de la sentencia que será leída en su integridad en fecha posterior por la complejidad del caso.
En audiencia privada, el Colegiado, señaló algunos fundamentos que motivaron la decisión CONFORME A LOS MEDIOS PROBATORIOS actuados a juicio oral, y en mérito a los principios de inmediación, contradicción y oralidad del debate probatorio, resultó QUE NO SE HA ACREDITADO de manera fehaciente e indubitable los cargos atribuidos por la Representante del Ministerio Público, respectos a los delitos contra la Libertad Sexual en la modalidad de Violación Sexual y contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Feminicio, ambos en grado de tentativa, advirtiéndose únicamente la concurrencia del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Leves, por el cual se ACREDITÓ con los Certificados Médicos Legales, que señalaron que las lesiones sufridas por la agraviada no pusieron en riesgo su vida y que éstas fueron de 18 días de asistencia médica; por lo que el Colegiado en mérito a las facultades que le confiere la Ley se DESVINCULÓ del delito.
Por estas consideraciones, se absolvió de los dos primeros delitos y condenó a Adriano Pozo Arias, por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Leves, a un año de pena privativa de libertad suspendida por el mismo lapso, además se impuso una multa a favor del Estado y 5 mil soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.
Luego de este fallo muchos mostraron su extrañeza por tan benigna sentencia, una de ellas que lamentó la desición de los jueces fue la ex premier Ana Jara, quien responsabiliza si algo le ocurriera a la victima de la agresión.
Foto: Facebook de Manuel Ventura