El Consejo Regional de Ayacucho aprobó el Proyecto de Ordenanza Regional que: DECLARA de Interés Regional y Necesidad Pública el Saneamiento Físico Legal y Habilitación Presupuestaria para la Continuidad de Ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de la Conservación del Patrimonio Cultural del Sitio Arqueológico Wari – Huamanga – Ayacucho”, iniciativa legislativa presentada por la consejera Elizabeth Prado, finalmente dictaminada por la Comisión Permanente de Producción, Turismo y Comercio presidida por el Mario Valdez Ochoa e integrada por Verónica Vargas Huayta e Ysabel de la Cruz Jorge. A continuación se detalla la parte resolutiva:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR de Interés Regional y Necesidad Pública el Saneamiento Físico Legal y Habilitación Presupuestaria para la Continuidad de Ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de la Conservación del Patrimonio Cultural del Sitio Arqueológico Wari – Huamanga – Ayacucho”, por cuanto las obras de excavación, conservación, restauración y puesta en valor del Complejo Arquitectónico Wari, principal recurso turístico de Ayacucho, se encuentran paralizadas o abandonadas por falta de habilitación presupuestal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCOMENDAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Ayacucho, para que a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se prevea la habilitación presupuestal en el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA) – 2022, para el Saneamiento Físico Legal del Complejo Arqueológico Wari y la Continuidad de la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de la Conservación del Patrimonio Cultural del Sitio Arqueológico Wari – Huamanga – Ayacucho”.
ARTÍCULO TERCERO.- SOLICITAR a la Gerencia de Infraestructura y a la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Regional de Ayacucho, remita Informe sobre la Liquidación Técnica y Financiera de la Meta 0034: “Mejoramiento de la Conservación del Patrimonio Cultural del Sitio Arqueológico Wari – Huamanga – Ayacucho”, al Consejo Regional de Ayacucho, dentro del plazo de (30) días calendarios, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO CUARTO.- ELEVAR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Cultura, con la debida nota de atención, para su conocimiento e invocar sus buenos oficios para el Saneamiento Físico Legal del Complejo Arqueológico Wari, para su puesta en valor, en cumplimiento de la Ley N° 30449.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario encargado de las Publicaciones Judiciales en la Capital de la Región, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme dispone el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.