El consejero regional Javier Berrocal Crisóstomo en Conferencia de Prensa dio a conocer las presuntas irregularidades que se estarían dando en, el Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural (Prider), específicamente con su Director José Noé Cruz, a quien le acusa de haber cometido el delito de Colusión Agravada, por cuanto hasta el dia 5 de Febrero 2022 el laboró como coordinador del Proyecto de la Presa Angascocha, a cargo del Consorcio Asunta II, un día después del Informe de la Secretaría General afirmando que Noe Cruz cumplía con el perfil para ser designado Director del PRIDER..
No quiso esperar más, el 7 de febrero 2022, Carlos Rua Carbajal en su condición de gobernador regional con Resolución 064-2022 designa en el cargo de Director Ejecutivo del PRIDER a José Noé Cruz; recién ese día el Consorcio Asunta II , puso en conocimiento del Prider, la renuncia de José Noé Cruz al Proyecto Ampliación de la Presa Angascocha y afianzamiento del Valle Yauca».
COLUSION AGRAVADA
¿Por qué hay presuntas irregularidades en esta designación? Porque el Consorcio Asunta II, tenía un contrato con el Prider para la elaboración de expientes técnicos para el Proyecto Ampliación de la Presa Angascocha y afianzamiento del Valle Yauca».(de donde era coordinador Noe Cruz), entonces había una relación contractual con el PRIDER
El contrato N°066-2020-GRA-PRIDER/DG, del 11 de agosto del 2020 con el CONSORCIO ASUNTA II, para la elaboración del Expediente Técnico de saldo de obra del Proyecto: AMPLIACIÓN DE LA PRESA ANCASCOCHA Y AFIANZAMIENTO DEL VALLE YAUCA (AYACUCHO-AREQUIPA) el mismo que no se cumplió, ya que debió entregar los expedientes técnicos en diciembre de 2020, luego firmarían un primer acta de conciliación para la entrega del producto en noviembre y diciembre 2021, ya en Enero 2022 entrega de manera incompleta los expedientes , razón por la cual, desde el Prider, el ex director, le comunica al Consorcio la resolución del contrato, con CARTA NOTARIAL N° 03-2022-GRA-GG/PRIDER-DG de fecha 07 de febrero del 2022, por la causal de Incumplimiento de obligaciones esenciales y acumulación del monto máximo de penalidades, la que tiene plena validez y eficacia jurídica, a partir de su recepción.
Ante esto, desde el gobierno regional no tuvieron mejor idea que cambiar al Director Yony Páucar y en su lugar designar al coordinador del Consorcio Asunta II, Noe Cruz, para que éste muy solicito a los 16 días de haber sido designado solicite el Informe de Costo Beneficio a la invitación a conciliación del Consorcio Asunta II.
El Director Noe Cruz, muy célere para conciliar con su ex empresa, emite la Res. Directoral delegando facultades para actuar en la conciliación y, ese mismo día se firma el acta de conciliación.
¿Acaso Carlos Rua no sabía que este señor había trabajado en ese Consorcio con quien tenía un contrato incumplido el PRIDER?
¿El Costo Beneficio de esta conciliación habrá favorecido a los gestores de la conciliación?
Berrocal Crisóstomo indicó que el mencionado funcionario amenazó denunciarlo, pese a que cuenta con toda la documentación que respalda su denuncia.