Por.BORIS PAZ DE LA BARRA
El Presidente Sagasti, acaba de expedir el DU N° 014-2021, mediante cual se han dictado medidas extraordinarias y urgentes para la contratación de la provisión de conectividad a la población rural y de lugares de preferente interés social y su acceso a servicios públicos de telecomunicaciones, en el marco de la Emergencia Nacional por el Covid 19. A su vez, el Ministro de Transportes y Comunicaciones ha informado que este Decreto de Urgencia, tiene por finalidad la instalación de Internet satelital a más de 1000 instituciones públicas de 860 localidades en zonas aisladas de la Selva y wifi gratuito a 6531 plazas rurales.
En efecto, este Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera para habilitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Programa Nacional de Telecomunicaciones (PRONATEL), a aplicar un procedimiento especial para la contratación de la provisión de conectividad en áreas rurales y lugares de preferente interés social.
Este sui géneris y “especial” procedimiento de contratación a cargo del PRONATEL tendrá vigencia hasta el 1 de junio del 2021; sin embargo, lo más curioso resulta ser, que a este procedimiento de contratación, se le ha dado un tratamiento especial, distinto a lo establecido en la Ley de Contrataciones con el Estado y su Reglamento, estableciéndose que el expediente administrativo solamente contendrá, el requerimiento del Área Usuaria, el mismo que incluye los requisitos de calificación, el informe en el que se determina el monto de la contratación, para lo cual se debe utilizar una sola fuente pudiendo ser cotizaciones o precios históricos o estructura de costos o presupuestos o fuentes SEACE, entre otros que considere el PRONATEL.
En otras palabras, el Gobierno ha dejado en manos de PRONATEL, el brindar este año 2021, acceso a internet a las zonas aisladas de la Selva y Wifi gratuito en zonas rurales; lo cual beneficiaria de ejecutarse con normalidad y transparencia, a miles de alumnos para acceder a sus clases virtuales en zonas alejadas y de difícil acceso; sino además para la conectividad de la población y de las diferentes instituciones públicas y privadas que carecen de dicho servicio.
Sin embargo, también resulta extraño que se haya establecido que, el Procedimiento Especial de Selección sería conducido por un Comité de Selección conformado por tres (3) miembros titulares y suplentes, designados por el Director Ejecutivo del PRONATEL o por quien este delegue, el cual también está a cargo, de ser el caso, de su reconformación, y además de ello, éste Comité Especial estará a cargo de la elaboración de la Bases.
Dicho esto, a parar las antenas señores de la Contraloría y Congreso de la República, y estar atentos para que este Decreto de Urgencia no haya sido expedido a pedido del cliente; porque se ha dado a PRONATEL plenos poderes y facultades no solo para realizar un procedimiento especial de Contratación con las “bondades” establecidas en él; sino que el mismo sería conducido por un Comité de Selección designado por el Director Ejecutivo, siendo este Comité además el encargado de la elaboración de las bases; es decir será el Director Ejecutivo del PRONATEL, señor Renato Delgado Flores, el funcionario encargado para tal “noble” acción por encargo del Gobierno del Presidente Sagasti; sin embargo habría que recordar que fue este funcionario del Estado, como es el señor Renato Delgado Flores, según Diario Expreso, a quien Contraloría responsabilizo por favoritismo a Odebrecth y Graña y Montero en el tramo 2 de la línea del Metro, al emitir este funcionario un Informe favorable para que el consorcio de empresas corruptas, cobren un adelanto de dinero al Estado.