La Cuarta Fiscalía Superior Penal de Ayacucho logró que la Sala Penal Permanente de Casación de la Corte Suprema de Justicia de la República declare nulos e inadmisibles los recursos de casación interpuestos por los encausados Luis Teodoro Mendoza Allende, Edgar Mendoza Canchari y Favio Abelardo Alfaro Guerra contra el dictamen que confirmó la sentencia de primera instancia a través de la cual se condenó a los dos primeros como autores de los delitos contra la libertad sexual – violación sexual de menor de edad y contra la libertad – secuestro.
Ante lo señalado y en mérito a la labor del indicado despacho del Distrito Fiscal de Ayacucho, se impone a Mendoza Allende la pena de cadena perpetua y se reforma la condena de Mendoza Canchari a treinta y cinco años de privación de libertad. Del mismo modo, se condena a Alfaro Guerra como autor del delito contra la libertad sexual – violación sexual de menor de edad, en perjuicio de la aludida agraviada, a treinta años de pena privativa de libertad.
De acuerdo a las investigaciones, alrededor de las 22:30 horas del día 06 de mayo del año 2017, la agraviada fue interceptada en el camino de regreso a su casa luego de asistir a un evento social llevado a cabo en la comunidad de Intay Bajo, perteneciente al distrito de Luricocha y provincia de Huanta. Y tras haber sido amenazada, fue introducida en una vivienda desconocida, donde fue ultrajada por los recurrentes, los cuales, luego de retenerla durante un rato, la llevaron atada y vendada en un mototaxi con rumbo a la plaza de dicha jurisdicción distrital.
Los hechos se encuentran acreditados con el certificado médico legal, en el que consta que la menor fue violentada sexualmente y, además, se describen las lesiones que sufrió durante la afectación de su derecho a la libertad.
Es preciso señalar que el indicado caso, en primera instancia, fue llevado eficazmente por Lourdes Gómez Gutiérrez, Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huanta.